La Asamblea Nacional es el órgano legislativo que gestiona información constante sobre las decisiones que toma en torno a legislación y fiscalización, por lo que debe publicar y actualizar semanalmente lo siguiente:
- Los textos completos de todos los proyectos de ley y enmiendas o reformas constitucionales que sean presentados ante la Asamblea Nacional, señalando la Comisión Especializada Permanente u Ocasional asignada, la fecha de presentación, el código; el nombre del proponente del proyecto; documentos relacionados al proyecto; y el estado.
- Listado completo y actualizado de los distintos proyectos de ley que se encuentran tramitando, en este se incluirán el nombre del proponente o proponentes, la fecha de presentación, la fecha de calificación del proyecto por parte del Consejo de Administración Legislativa y el nombre de la Comisión Especializada Permanente u Ocasional a la que fue enviado.
- Un detalle de las observaciones presentadas a los proyectos de ley por parte de los asambleístas y las personas.
- Actas de constatación de quórum de las y los asambleístas a las sesiones del Pleno y de las Comisiones Especializadas Permanentes u Ocasionales.
- Actas de votaciones en formatos abiertos de las sesiones del Pleno y de las Comisiones Especializadas Permanentes u Ocasionales.
- Información detallada sobre los procesos de socialización de proyectos de ley en los que se indique la fecha y el lugar de la socialización, la temática abordada y el público objetivo.
- Solicitudes de información realizadas por las y los asambleístas en el ejercicio de su facultad fiscalizadora.
- Solicitudes de juicios políticos y toda información que se integre a dicho procedimiento hasta su resolución por el Pleno de la Asamblea Nacional.
- Información detallada de los procesos de fiscalización.
- Información sobre la gestión del Consejo de Administración Legislativa, convocatorias a sesiones, registros de asistencia, actas de constatación de quórum, registro de votaciones, grabaciones, acuerdos, proyectos, actas de sesiones y resoluciones.
- Declaraciones de interés de los legisladores principales y suplentes